En las operaciones facilitadas por Neodom, el pago de reserva del 10 % se deposita inicialmente en la cuenta del escribano (notario). En una etapa inicial, las partes involucradas en la operación —incluido el escribano y, dependiendo del inmueble y de la estructura del acuerdo, el desarrollador y las instituciones financieras— llevan a cabo las verificaciones necesarias de KYC (Conozca a su Cliente) y AML (Prevención de Blanqueo de Capitales) respecto al comprador y al origen de los fondos.
Si los documentos superan con éxito la verificación, la transacción sigue su curso y los fondos se transfieren a la cuenta del promotor inmobiliario de conformidad con los términos de la operación. Si el comprador no supera la verificación de cumplimiento obligatoria —lo que imposibilita la transacción—, los términos del acuerdo con Neodom estipulan la devolución del pago de reserva al comprador. Se trata de un mecanismo especial de protección al cliente que acordamos previamente con los escribanos y promotores inmobiliarios que intervienen en la operación, y que formalizamos en la documentación correspondiente.
Si una transferencia bancaria estándar no resulta viable en una situación concreta, también podemos considerar una estructura de transacción alternativa mediante servicios especializados en criptomonedas, siempre que se completen los procedimientos KYC/AML necesarios y se cumplan los requisitos de todas las partes involucradas en la operación.